Si las cosas no cambian mucho, el procedimiento del Brexit va a tener efectos en nosotros, sí o sí
Cómo nos afecta esto?
Vamos a verlo:
La salida Del Reino Unido (como decimos mientras no haya un acuerdo o se pacte que se haga de forma escalonada), se hará efectiva el 30 de Marzo de 2019. Esto implica que el Reino Unido saldrá del mercado único y de la unión aduanera.
Esto va a suponer que el flujo de mercancías con el Reino Unido pasará de tener la consideración de "operación intracomunitaria" a considerarse una operación de importación/exportación (según desde dónde se mire), y que por tanto, tendremos que someternos a las formalidades aduaneras que nos exigen este tipo de operaciones de importación/exportación.
Estas formalidades se dan tanto en el tener que someterse a nuevos controles aduaneros, la exigencia de nuevas medidas de verificación sanitaria, fitosanitaria etc. que se puedan exigir para las medidas importadas, no solo para lo que enviemos al Reino Unido, sino también para lo que traigamos de allí.
A efectos del IVA?
Como decimos, lo que antes era operación intracomunitaria, ahora pasa a ser importación/exportación, y lo que antes para entendernos "no devengaba IVA", ahora nos obliga a pagarlo en aduanas si lo importamos. El cliente del Reino Unido tendrá que pagar el impuesto equivalente allí en caso de que sea él el que importe.
Lógicamente, al margen del IVA, que las operaciones que hasta la fecha se veían como intracomunitarias pasen a considerarse importaciones/exportaciones tienen multiplicidad de efectos con los que no queremos extendernos. Para una mayor aclaración nos tenéis a vuestra disposición
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