Norma de la que hablamos: Real Decreto Legislativo 7/2019, de 1 de Marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler (RDL 7/2019)
NOTA: No todo lo que tratamos en este artículo, es por sí una novedad, ya que estamos comentando además otras cuestiones que se venían regulando con anterioridad. Sin embargo, desde Gualbi Asesores, queremos incidir en puntos que consideramos críticos e interesantes y los comentamos aunque no sean novedad.
Con una exposición de motivos dirigida a evidenciar una precariedad del mercado de alquiler de vivienda, el Gobierno ha introducido una serie de reformas a través de la norma de la que hablamos. El RDL 7/2019 modifica las siguientes normas
- Ley de Arrendamientos Urbanos
Se excluyen del ámbito de aplicación de la ley las cesiones temporales de viviendas en las que a pesar de que se trate como tal de un régimen arrendaticio, no pueden considerarse como tales arrendamientos cuando la vivienda en cuestión está comercializada o promocionada en canales de oferta turística, y se sometan a normativa específica en materia sectorial turística.