Blog

 

bitcoin 3089728 640Previa la realización de los trámites que legalmente se establecerán, el Banco de España tendría preparado para finales de septiembre un registro de proveedores de criptomonedas.

Para la inscripción, se hace necesario que los proveedores de criptomoneda interesados, tengan que contar con órganos adecuados en aras al objetivo primordial de prevención en blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo

El establecimiento de este registro surge a raíz de las exigencias establecidas en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 10/2010, de 28 de abril, sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Conviene la lectura relacionada de esta disposición segunda junto con los arts. 1.5, 1.6 y 2.1.z) de la citada Ley. Esta Disposición Adicional viene introducida por efecto del Real Decreto-ley 7/2021, en el que se da un plazo seis meses para la puesta en marcha del registro desde su entrada en vigor (desde el 29 de abril hasta el 29 de octubre).

Para la fecha indicada (finales de septiembre) es previsible que el Banco de España publique los trámites e indicaciones para solicitar la inscripción en dicho registro

20210517 132055El presente contenido contiene el estudio realizado por nuestra compañera Joana Murray Barandika

Joana actualmente se encuentra cursando el Máster de Acceso a la Abogacía. Es graduada en Derecho y en Administración y Dirección de Empresas

A lo largo de su vida académica, ha podido desarrollar sus estudios en la Katholieke Universiteit Leuven (2017).
 
Joana ha demostrado una notable versatilidad en los diferentes trabajos exigidos por la firma, constituyendo una joven promesa de una gran profesional.

Sin más dilación, os damos pie a su estudio

 

 LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA

 

El 2 de abril de 2021 entró en vigor el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el cual desarrolla la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referido a la actuación y el funcionamiento electrónico del sector público. La Administración Pública electrónica ha llegado oficialmente para quedarse.

 

El nuevo Decovid 19 4987797 640creto Foral Normativo 4/2021, de 23 de Marzo, de medidas extraordinarias adicionales relacionadas con la COVID-19 y de apoyo a la reanudación de la actividad económica nos ha traído una nueva batería de medidas para paliar, en la medida de lo posible, los efectos económicos que nos está dejando la crisis generada por la pandemia.

Si bien se establecen medidas en relación con el tributo sobre el juego y con los pagos fraccionados (en este último caso, se permite que los contribuyentes que desarrollen actividades económicas no tienen porqué autoliquidar e ingresar los pagos fraccionados del 1º y 2º trimestre de 2021), analizamos en este artículo:

  • La deducción extraordinaria para el apoyo a la reanudación del desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas como consecuencia de la COVID-19
  • Las medidas de apoyo a arrendamientos de locales dedicados a actividades económicas especialmente afectadas por la COVID-19.
  • Deducción extraordinaria para el apoyo a la reanudación del desarrollo de actividades económicas especialmente afectadas como consecuencia de la COVID-19

Delegación Durango

Zumalakarregi kalea. 18

48200 DURANGO

T.: 946 818 636 / 946 811 590

F.: 946 203 637

Email: info@gualbiasesores.com

Delegación Oñati

Avda. Euskadi 6 bajo

20560 OÑATI

T.: 943 781 648

F.: 946 203 637

Email: info@gualbiasesores.com

Este sitio web utiliza Cookies propias y de terceros, para recopilar información con la finalidad de mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias. Si continua navegando, supone la aceptación de la instalación de las mismas. El usuario tiene la posibilidad de configurar su navegador pudiendo, si así lo desea, impedir que sean instaladas en su disco duro, aunque deberá tener en cuenta que dicha acción podrá ocasionar dificultades de navegación de la página web.

Si no cambia la configuración de su navegador, usted acepta su uso. Saber más

Acepto